El articulo desarrolla el contenido juridico del derecho-deber del amor a la profesion, basado principalmente en tres contenidos: en el ejercicio del derecho a la libertad y al libre desarrollo de la personalidad, el no descredito a la profesion, el cual a su vez implica, con base en el mismo sistema juridico, actuar con etica, calidad y licitud, ejercer con placer, servir a la comunidad, respetarse asi mismo y a los demas, cumplir el deber y el amor al conocimiento y la verdad.