Con la popularizacion del comercio electronico en la decada de los 90 surgieron las dudas sobre la fiscalidad de las transacciones realizadas por via telematica. Despues de intensos debates se considero que lo mas oportuno era aplicar las normas fiscales tradicionales al comercio electronico, estableciendo unos principios propios para esta actividad. Cuando de esta fiscalidad se trata, los mayores problemas se encuentran en aquellos casos en los que las transacciones se dan enteramente a traves de la via telematica, agravandose el problema cuando se trata de transacciones internacionales. Entre los principales problemas encontramos la valoracion de las operaciones a efectos de establecer la base imponible; ademas, la posibilidad de anonimato que permite la via telematica dificulta la calificacion de las transacciones; asi como la disparidad generada despues de que la Union Europea estableciera que a traves de esta via solo es posible realizar el hecho imponible a prestaciones de servicios.