Cuando los contribuyentes de renta, personas naturales, se ven abocados a un proceso sancionatorio, adelantado por la DIAN, éstos por lo general no conocen el procedimiento a seguir, ignorando algunos los derechos que tienen. Este proceso debe garantizarle los derechos del contribuyente establecidos en el artículo 29 Constitución Política que son:La defensa y la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento;Un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; Presentar pruebas y controvertir las que se alleguen en su contra; Impugnar la sentencia condenatoria, yNo ser juzgado dos veces por el mismo hecho.Este artículo trae la “presunción de inocencia”, que en esta investigación, en ocasiones no se aplica y por el contrario, invierte la carga de la prueba y obliga al contribuyente a desvirtuar la responsabilidad determinada por la administración de impuestos.La DIAN – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-, cuenta no solo con una serie de recursos físicos, sino que además cuenta con el talento humano, calificado e idóneo para adelantar el proceso tributario; situación contraria, es la que en ocasiones acompaña al contribuyente persona natural, quien se haya en desigualdad de condiciones frente al ente sancionador.