Para cumplir los fines estatales es necesario no solo la tridivisión del poder sino el reparto de competencias y funciones entre sus diferentes ramas. El legislativo legisla, el ejecutivo ejecuta y el judicial interpreta y aplica la ley. Así se evita la invasión en competencias ajenas y el desbordamiento o exceso de poder, que fácilmente pueden conducir a la anarquía cuando se actúa a espaldas de la ley, entendida esta en sentido amplio2 de derechos protegidos y de normativa para disponer de ellos se realiza. En este trabajo el análisis crítico racional normativo de una sentencia, proferida en la jurisdicción contencioso administrativa, y bajo un esquema integracionista se emite una estudiada opinión sobre los actos administrativos expedidos por el Registrador de instrumentos públicos, quien desbordando sus funciones y so pretexto de “interpretación”, transfirió el dominio de un bien inmueble a un municipio mediante una “anotación registral” que llamó “cesión de bienes obligatoria”.