El presente ensayo tiene como objeto reflexionar acerca de la posibilidad que puede llegar a tener la Corte Constitucional de Colombia para realizar control de constitucionalidad al contenido de las reformas a la constitucion, utilizando como medio de legitimacion el control de convencionalidad. El concepto de control de convencionalidad ha sido desarrollado no hace mas de dos decadas por la CIDH (Corte Interamericana de Derechos Humanos). La Corte Constitucional Colombiana ha tenido en cuenta la linea jurisprudencial de la CIDH, para proferir algunos de sus fallos de constitucionalidad frente a las leyes, sin embargo, no se ha ejercido “control de convencionalidad” para revisar el contenido de una reforma constitucional.