A partir del l de enero de 2005 entró a regir gradualmente en nuestro país un nueve sistema de juzgamiento de marcada tendencia acusatoria que se recoge en la Ley 906 de 2004 y que adopta los lineamientos ordenados por la Constitución Política en cuanto a la estructura básica del proceso (Acto Legislativo 03 de 2002) y a la limitación de derechos fundamentales. En ese sentido, la nueva ley introduce criterios de interpretación constitucional de sus normas, especialmente de aquellas que de manera precisa tratan sobre derechos fundamentales y su limitación. La razonabilidad y la proporcionalidad son algunos de ellos. La privación de la libertad en dicho contexto normativo e interpretativo deviene expresamente como figura excepcional, no sólo cuando se materializa en una detención preventiva sino también en una captura con propósitos investigativos, previa a la solicitud de imposición de aquella.