Lo primero que hay que recordar en torno a este tema es que, a menos que estemos en presencia del proveido que resuelve –acogiendolas integramente – las excepciones de merito alegadas por el demandado, la sentencia que se profiere en el transcurso de un proceso ejecutivo no tiene la virtualidad de ponerle fin al mismo, pues en esta clase de asuntos la actuacion solo termina como consecuencia del pago efectivo de la obligacion.
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Legal processes and jurisprudence
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FuenteRevista Del Instituto Colombiano De Derecho Procesal