El Estado colombiano a partir de la Carta Política cambio su naturaleza a Estado Social de Derecho, lo que sin duda constituye un avance en cuanto al reconocimiento de los derechos y garantías de las personas, sin prejuicio ni discriminación de ningún tipo. Uno de estos derechos inherentes al ser, es el Derecho a la Salud, por tanto es deber del Estado su protección, sin distingo de las circunstancias en que se encuentran los individuos. Ahora bien, en esta investigación se aborda, el estudio sobre la protección del Derecho Constitucional de la Salud en un grupo especial de personas, aquellas que se encuentran recluidas en los centros carcelarios y penitenciarios, contrastándolo con la naturaleza del Estado Social de Derecho; dejando por sentado que si bien, la pena lleva inmersa la restricción de algunos derechos, en ningún modo puede afectar los derechos fundamentales de los reclusos como los son la vida, la dignidad, la integridad personal, la salud, entre otros; por tanto es deber del Estado la garantía y salvaguarda de los mismos durante el tiempo que se prolongue la detención y/o pena, porque estos se mantienen incólumes, aun en la circunstancias particulares a que están sometidos y sometidas sus titulares. Pretendiendo determinar si los reclusos y reclusas en Colombia ven vulnerados su derecho a la salud, durante su permanencia en los centros carcelarios y/o penitenciarios.