En este artículo de reflexión se analiza el tema relacionado con las funciones asignadas a las Cajas de Compensación Familiar,tomando como punto de partida la Ley 21 de 1982, norma que las concibió como redistribuidoras a favor de sus afiliadosde las contribuciones pagadas por los empleadores, con atribuciones en el campo de la seguridad social, frente a la posteriorampliación de sus actividades a través de las modificaciones del régimen legal aplicable a la naturaleza jurídica de estaentidades, y su desarrollo jurisprudencial que no facilita percibir una clara e inequívoca integralidad en la regulación quepermita a su vez a las Cajas de compensación la articulación de sus recursos, actividades y modos de operación, así comosu ubicación en el esquema de la seguridad social y en los otros sectores económicos y sociales relacionados. Lo anterior hatraído como consecuencia, la dispersión en el régimen de inspección, vigilancia y control y la falta de claridad en cuantoa la interpretación y aplicación de las normas, situaciones que afectan el dinamismo que debe acompañar a las Cajas deCompensación, acordes con la responsabilidad social y económica que le son propias.