ResumenEl presente trabajo tiene por objetivo analizar la responsabilidad del Estado por errores judiciales, consagrada en el artículo 19 Nº 7 letra i) de la Constitución, y solucionar los problemas para su corrección o realización, ya que ésta no ha cumplido con su objeto, es decir, reparar los daños a las personas afectadas.Lo anterior, dada la restrictiva interpretación de la norma por parte de la Corte Suprema.Fruto de ello es que se plantea como norma eficaz para obtener la reparación en un proceso penal, la norma consagrada en el artículo 5º de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, que establece un régimen de responsabilidad estatal por las actuaciones erróneas