Uno de los temas de mayor consenso en la Carta Constitucional de 1991, esta el de la participacion (art. 1o C.P.) establece que un fin esencial del Estado es el de “facilitar la participacion de todos en las decisiones que los afectan y en la vida economica, politica, administrativa y cultural de la nacion…” (art. 2 C.P.). Dentro de estos fundamentos es claro que el nuevo ordenamiento juridico se basa en la soberania popular y en la democracia participativa; la pretension es que el pueblo pueda ser el responsable de su propio destino; quien establezca su camino; el derrotero de sus propios intereses; los de la comunidad y los de la sociedad en general.1