La declaratoria de parques naturales re g ionales, limita el derecho de propiedad de los bienes p r ivados que lo comprenden, en razon a la funcion social y ecologica de la propiedad y por la cual el d e r e c h o de dominio debe ceder ante el interes social y ec o logico; sin embargo, dicha carga, que en d e terminados casos deben asumirla particulares, hacen g r avo s a la situacion de estos, perjudica sus intereses ec o n o m icos y sus condiciones de vida, pues explotar el b ien se hace dificil y poco lucrativo en razon, ademas, a q ue disminuye su valor comercial; por tanto, se debe b uscar compensar o indemnizar a aquellos que sufran e l desequilibrio de la igualdad frente a las cargas p ublicas y determinar que tan gravosas son estas y si re a l m e n t e existe un minimo irreductible del derecho de d o m inio, que justifique la existencia de propiedad p r ivada en areas protegidas de caracter regional, para finalmente, discernir entre una expropiacion y la i m p lementacion de un Pago por Servicios Ambientales (PSA); este ultimo, es una opcion novedosa y poco o n a d a explorada en la Legislacion Colombiana, que p o d r i a ser la manera de mitigar y/o compensar el d e sequilibrio de cargas que recae sobre algunos p a r ticulares y a favor del medio ambiente. Para el d e s a r r o llo de la investigacion se partio de la legislacion c o n stitucional vigente, y las normas internacionales; de la jurisprudencia Colombiana; y de conceptos, e x p er iencias, investigaciones y propuestas sobre el Pago p o r Servicios Ambientales lo que permitio solucionar el p r ob lema juridico planteado.