<p>La existencia de un ingrediente contractual en el origen de la responsabilidad del productor en el presente siglo sugiere una necesaria referencia al derecho contractual del S. XIX. A diferencia del S. XVIII en el cual, resulta sumamente difícil alcanzar un conocimiento pleno del common law, debido al escaso número de demandas judiciales y a la casi inexistente trascendencia del precedente judicial, en el S. XIX se asiste a un cambio profundo debido a la expansión económica. Este fenómeno determinó un incremento paralelo de las demandas judiciales, gran parte de las cuales tenía como fundamento la mala calidad del producto vendido. Este período, caracterizado por el movimiento en las operaciones económicas que suscita el desarrollo industrial, se convierte en el contexto ad hoc para la difusión y la consolidación del principio de la privity of contract que en los sistemas de derecho escrito viene a corresponder al principio de la ‘relatividad contractual’.</p><p>La verificación de profundos cambios en el ámbito socioeconómico dará inicio a toda una etapa de transformación de la responsabilidad del productor, destacando los casos que han sentado precedentes en esta evolución con una orientación clara hacia la tutela de las víctimas de daños derivados de productos defectuosos.</p>