A lo largo de la historia de la filosofia, sobre todo a partir de la Edad Media, la reflexion sobre la guerra ha jugado un papel importante con miras a delimitar el alcance de la misma e imponer criterios morales y juridicos claros que permitieran llevarla a cabo2. Posteriormente, en el siglo XVI se destaca claramente la figura del dominico Francisco de Vitoria (c. 1480-1546), cuya obra es comunmente considerada como un hito con respecto a una formulacion articulada de las pretensiones espanolas en las colonias americanas, pero tambien en cuanto al desarrollo hacia una teoria de los derechos subjetivos3. A continuacion no pretendere llegar a conclusiones nuevas y, por tanto, presentare primero un esbozo, por cierto esquematico, de la teoria de las justas causas para la guerra, tal como nos las presenta Vitoria en su obra central, la Relectio de iure belli. El esquema servira para enfocar, de manera mas especifica, un tema que propiamente pertenece ya no a la problematica del derecho a la guerra, sino al derecho de la guerra, es decir a la reflexion sobre los parametros que, desde un punto de vista normativo, tienen que ser observados, una vez la guerra ya esta desarrollandose. Se trata de la pregunta de si la muerte de inocentes, es decir de la poblacion civil no combatiente, es licita en el transcurso de una guerra justa. En segundo lugar y para finalizar este breve escrito, ofrecere una traduccion parcial del Comentario a la Secunda Secundae quaestio 40 articulus 1 (si guerrear es siempre un pecado) y posteriormente la traduccion de la quaestio 64 articulus 6 (si es licito en algun caso matar a un inocente), textos en los cuales Vitoria analiza de manera general este asunto.