El tema que aborda la presente tesis consiste en determinar con base en las teorias de Jurgen Haberma si es posible el conocimiento practico en el marco de la Teoria del Discurso y, en especial, por cuanto hace a la fundamentacion racional de las normas juridicas y morales. De esta forma, la Teoria del Discurso se ve a si misma en la tradicion de la Filosofia Moral de Kant. Segun Habermas, solo en el marco de un discurso practico efectuado realmente se puede comprobar, si una norma cumple las condiciones de validez incorporadas en el principio moral (U). Una norma es moralmente valida si ella cumple los criterios de la racionalidad comunicativa. Estos criterios se encentran incorporados en las reglas del discurso que se deben cumplir en la realizacion de discursos reales. Segun (U) una norma resulta moralmente valida cuando ella corresponde a un interes de todos los participantes en el discurso susceptible de ser generalizado. Este suele ser el caso cuando todos los involucrados pueden aceptar las consecuencias de una norma de observancia general. A efecto de que, los participantes en el discurso pueden comprobar, si esta condicion se cumple, ellos deberan llevar a cabo un intercambio universal de roles, con el que cada uno tendra la oportunidad de ponerse en el lugar de cualquiera otro. La aceptabilidad de la decision conforme a la norma no dependera de la calidad de los argumentos esgrimidos, sino mas bien, de la estructura del proceso argumentativo. Asi, por ejemplo, segun Habermas, en el Derecho la reconstruccion de la pretension normativa por parte de los ciudadanos resulta accesible a una reconstruccion teoretica discursiva. La sistematica esta, organizada de tal manera que, el principio de soberania popular, esto es, el derecho subjetivo de participacion equitativa para participar en la formacion de la voluntad democratica, corresponda con la posibilidad juridica objetiva de una praxis institucionalizada de la autodeterminacion de los ciudadanos. En una lectura desde el punto de vista de la Teoria del Discurso, el principio de soberania popular precisa que, todo el poder politico se derive del poder comunicativo de los ciudadanos. Sin embargo, tanto en Habermas como en su discipulo Alexy, las reglas del discurso no pueden ser vistas como objeto del conocimiento practico, sino mas bien, solo como postulados, cuyo reconocimiento depende de la voluntad de los participantes en el discurso. Con la pretension de validez universal de las normas morales uno solo puede estar de acuerdo si el contenido de la norma contribuye a la realizacion de los intereses facticos de todos. A diferencia de Habermas, no deberiamos aceptar que todos los hombre como tales tienen un interes comun en el entendimiento universal. Pareceria exagerado con la pruebas que aporta Habermas sostener la vinculacion del concepto de correccion con el concepto de procedimiento. Al respecto, se puede decir que la afirmacion en el sentido que, indudablemente, una relacion de entendimiento de este tipo se encuentra contenida en las estructuras pragmaticas del lenguaje, no parece tener un fundamento solido. En consideracion de la multitud de intereses divergentes que coexisten en una sociedad determinada, no se debe esperar que una norma moral se pueda fundamentar frente a alguien de una vez por todas. Fundamentar una norma significa, fundamentarla frente a alguien. La fundamentacion de la misma frente a varios seres humanos se debe realizar de diferente manera. La fundamentacion se debe realizar con base a los intereses, necesidades e ideales que el destinatario de la norma realmente tiene.
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Comparative constitutional jurisprudence studies
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FuenteUniversidad del Externado de Colombia eBooks